Ecologistas en Acción tumba un "pelotazo" urbanistico en Valdemorillo

4 de julio de 2013
Por un recurso de Ecologistas en Acción
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid tumba un ‘pelotazo’ urbanístico en Valdemorillo
De 9 a 120 viviendas, una recalificación municipal dispartada


Valdemorillo vista aerea

Un aumento de la edificabilidad de un 622% es lo que pretendía lograr el Ayuntamiento de Valdemorillo en unas parcelas de la localidad cuyos propietarios “adelantaron” dinero a las arcas municipales de manera irregular. Ahora el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha declarado nulo el despropósito urbanístico a raíz de un recurso presentado por Ecologistas en Acción. Esta organización reclama un cambio en las políticas de la Comunidad de Madrid y del Ayuntamiento de Valdemorillo para que abandonen las pretensiones desarrollistas propias de la burbuja inmobiliaria.

En una sentencia notificada a las partes esta semana, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM declara “nula de pleno derecho” la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de planeamiento de Valdemorillo para la creación del Ámbito de Actuación AA-2 “San Juan”. Con esta modificación se recalificaban una serie de parcelas del municipio para pasar de 1.911 a 13.803 m2 edificables, es decir, de 9 a 120 viviendas. Se disminuía la protección de la antigua Fábrica de Harinas, un edificio catalogado, para poder construir viviendas pegadas a la misma, menoscabando su valor paisajístico.
Según denunció Ecologistas en Acción, esta operación urbanística tenía como único objetivo favorecer el beneficio de los propietarios privados de las parcelas ‘agraciadas’, que ya en 2006 desembolsaron una importante suma de dinero al Ayuntamiento (1,48 millones de euros) como adelanto de la operación (algo no permitido por la legislación).
Este dinero adelantado fue gastado por el consistorio, lo que ha condicionado los acontecimientos posteriores. En 2009 la Comunidad de Madrid emitió una primera desestimación de esta Modificación Puntual por no justificarse el incremento de la edificabilidad. Pero la propia Comunidad indicó al Ayuntamiento un tortuoso procedimiento técnico para, retorciendo la normativa, poder justificar dicho incremento, verdadera clave de toda la operación. Finalmente la Comunidad de Madrid aprobó definitivamente la Modificación el 28 de diciembre de 2010. Poco después fue interpuesto el recurso por Ecologistas en Acción.

En la sentencia del TSJM se estiman varios de los motivos de nulidad de la Modificación Puntual expuestos por Ecologistas en Acción en su demanda: no se puede incrementar la edificabilidad en una zona con déficit de redes públicas locales (equipamientos y zonas verdes), algo que el Ayuntamiento trató de soslayar computando indebidamente redes generales y supramunicipales como locales; no se puede computar el viario como cesión de redes públicas locales para compensar el incremento de edificabilidad; y no se puede monetizar (cobrar en dinero en lugar de en solares) la cesión al municipio del 10% del aprovechamiento lucrativo sin demostrar que es imposible la cesión de solares.

Ecologistas en Acción se felicita por esta contundente sentencia, que llega a tiempo pues aún no se han construido las parcelas del ámbito de la Modificación Puntual declarada nula. Ahora la pelota está en el tejado del Ayuntamiento de Valdemorillo, al que emplazamos a acatar y ejecutar la sentencia sin más dilaciones. Asimismo, la asociación ecologista cree que esta sentencia debería hacer recapacitar a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio y al equipo de la Alcaldesa Pilar López Partida para que cambien sus políticas urbanísticas, abandonando las pretensiones desarrollistas propias de la burbuja inmobiliaria que se plasman en el Plan General de Ordenación Urbana que se encuentra en tramitación.

La sentencia puede consultarse en:  http://www.ecologistasenaccion.org/article26202.html
Más información: Rodrigo Calvo 627 225 097, Laura Díaz (abogada) 692 671 653

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